Defensoría Popular y Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y un debate para diseñar un mecanismo.

UNO. La experiencia ha ido entregando las claves, como sucede generalmente, para comprender la realidad de las cosas.
Todo se ha dado de manera gradual, lento como si fuera una sucesión de modos, peldaños naturales que ascienden en miras de una “saludable” modernidad de nuestra sociedad.
Primero, generar opinión social, o al menos de los sectores que influyen en la construcción de las normas. Esta opinión “pública” se logra, básicamente, desde los medios de comunicación que mediatizan ideas fuerzas: inseguridad, miedo a la otrocidad, instalar la sensación de estar en un entorno amenazante que ni siquiera en el hogar se está a resguardo del “afuera”.
Segundo, desde las columnas de opinión se exige a la autoridad “mano dura”, establecer el “estado de derecho”, control a la “delincuencia”. Esta opinión “sensata" reclama falta de criterios técnicos para hacer “frente al enemigo” de la integridad física y el patrimonio de los propietarios. Se acompaña esta fraseología ideológica con una batería de imágenes, ejemplos de la inseguridad y el descontrol que muestra los modos en que opera esta fuerza de destrucción, el desorden se infiltra hasta en el entornos de nuestra casa. Se atribuye responsabilidad a la paternidad, a la institucionalidad intermedia, a la falta de respeto por la familia.
Tercero, legislar. El 2007 entra en vigencia la ley 20.084 que establece un sistema de responsabilidad penal de los adolescentes por infracciones a la ley penal; 2008 es el turno de una de las mayores vergüenzas para la aspiración garantista de la reforma procesal penal, la llamada agenda corta antidelincuencia, ley 20.253.
Precedieron estas normas un esquema similar, con las tres etapas, orientadas a las restricciones de las libertades públicas, o limitar derechos políticos y sociales, segmentando o marcando a grupos sociales acotados: los jóvenes son los sospechosos del desorden o la inseguridad. De pasada, y como potente señal de control, se restringe la protesta social (lo pueden decir los casi 20.000 detenidos el años 2008 en diversas manifestaciones sociales que se dieron en distintos puntos y contextos en el país. Cifra que se calcula de la información que entregó el General Director de Carabineros, Eduardo Gordon en entrevista a La Segunda en julio 2008, y que hablaba de 13.788 detenidos hasta mayo de ese año).
Es en esta coyuntura que desarrolla su trabajo Defensoría Popular.

DOS. El año 2008, etapa de intensas movilizaciones de distintos sectores de la sociedad, fue el momento de estrenar las bondades de la normativa restrictiva. Especialmente fueron jóvenes secundarios y en contextos de protesta social lo que generaron mayores movimientos represivos.Fue además el año en que el estado chileno adhiere al “Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, instrumento surgido de la carta de la Convención contra la Tortura. En esos contrasentidos de la especificidad de políticas de DD.HH. formales, que tranquilizan a la administración en su puesta al día de tratados internacionales, pero que en la aplicación de procedimientos policiales e investigativos de hechos que califica de delito utiliza, en algunos caso, sofisticados mecanismos de control apelando al “orden y el control social”. Mapuche, estudiantes, pobladores sin casa –principales castigados dentro de muchos miles de pobladores que son perseguidos por su condición social-, o movimientos de autogestión son parte de los sectores que se ven restringidos en sus demandas. Disfrazados mecanismos represivos en la lógica de combate contra la delincuencia se avalan torturas y apremios.
En el ejercicio del mandato, Defensoría Popular, se ha impuesto la asistencia y defensa de luchadores sociales, se han contado decenas de ejemplos. Desde amenazas verbales hasta golpes, desde largas horas en comisarías en contextos de falta de información –luego quedan en libertad acusados de faltas menores- hasta formalizaciones por un sistema que asume la protesta como delito. En este espacio y tiempo, entre la detención y la puesta en libertad o control de detención, sea el caso, se dan la mayor cantidad de malos tratos, vejaciones y golpes. Al año 2008 se certificaron una docena de casos, dentro de muchos más, de torturas o apremios de parte de funcionarios policiales.
Los procedimientos de contención en territorio Wallmapu son mucho más dramáticos, donde la observancia y el respeto de mínimas garantías se pierden a cientos de kilómetros de los centros urbanos. Así lo han constado visitas de observadores nacionales e internaciones, como la Asociación Americana de Juristas el veranos de 2008.
Así las cosas, es que se invita a la sociedad civil a participar en la formación del instrumento que emana del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

TRES. La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, el 18 de diciembre de 2002, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
A nivel internacional, son diez funcionarios que se conforman el Subcomité del Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, con facultades para realizar visitas a los estados miembros y sus centros de detención, emanando de estas inspecciones recomendaciones a las autoridades.
Básicamente el Protocolo Facultativo intenta ser un sistema de prevención internacional y nacional de las torturas y apremios en los lugares donde existan procedimientos restrictivos de la libertad. Se asume que los Estados cuentan con sistemas restrictivos que van desde el momento en que un funcionario con potestad retiene a un sujeto, hasta el sistema carcelario. Es en todo este recorrido que los funcionarios represores tienen la fuerza y la condición para apremiar y torturar a los detenidos. Este es el ámbito en el que intentará operar el sistema, llamado Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP). La principal forma es la visita a los centros donde se llevan a cabo las detenciones.
El mandato del Protocolo Facultativo permite a cada Estado miembro se dé mecanismos, que mejor le acomode a su realidad, uno o varios organismos, de observancia de respeto y prevención del trato a los detenidos, con facultades para visitar los recintos y vigilar procedimientos.
En Chile este mecanismo debe ser construido, y se ha invitado a los organismos que trabajan en torno a la asistencia y defensa de los derechos de diversos sectores a proponer un modelo que garantice la autonomía, independencia de la tarea que se quiere realizar.
Además de la vigilancia del sistema represivo, este organismos debe velar por el trato de los detenidos en camiserías de carabineros y policía de investigaciones; instalaciones de seguridad; centros de detención preventiva; centros penales para sentenciados; instalaciones para menores de edad; centros de confinamiento de inmigrantes; zonas de tránsito en los puertos internacionales; centros para solicitantes de asilo; instituciones psiquiátricas; y lugares de detención administrativa.
Las características y atribuciones de los MNP son:
1.- Mandato para realizar visitas de carácter preventivo
2.- Recursos para llevar adelante un programa completo de visitas
3.- Acceso a todos los lugares de detención
4.- Derecho a realizar entrevistas en privado
5.- Independencia
6.- Aptitudes y conocimientos profesionales
7.- Derecho a hacer recomendaciones y a recibir una respuesta
8.- Derecho a publicar informes
9.- Prerrogativas e inmunidades necesarias
10.- Credibilidad

CUATRO. Es un gran desafío, que en todo caso no pierde de vista que en nuestra realidad de caminos ciegos, donde la autoridad tuerce las expectativas de los organismos e iniciativas independiente (la discusión del Instituto de DD.HH. es un correcto referente de esa tendencia) la creación de este Mecanismo y su funcionamiento va ha requerir mucho coraje de parte de mundo social. Si se logra instalar un instrumento que aspire a denunciar los procedimientos que nuestra labor observa y denuncia todas las semanas, podría ser un buen complemento en las luchas por un mejor lugar para vivir.
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