UNO. De pronto, sin aviso ni atisbo que pudiera dar sentido, parte del sistema de representaciones simbólicas del poder se tambalea.
La represión, por ejemplo, de la disidencia es una cuestión que el estado democrático liberal asume como parte de su discurso de validación legal, no es posible aceptar que se disienta, sólo en los límites que están prefijados, contenidos en las normas que permiten que el resto de la comunidad pueda desarrollar sus actividades normales, como si se tratara la manifestación de un ámbito exógeno de esa misma normalidad. El conflicto que tensiona todo el sistema es que la base que sustenta las prácticas represoras son admitidas y administradas por un sector que proviene de un discurso y tradición histórica que exacerba la “manifestación” como valor de ese discurso, pero que llegada la hora de decidir se asimila con mucha comodidad a las claves de la fuerza pública, sin importar los llamados de atención de la inconsecuencia que significa, por ejemplo, aspirar a un sillón en la Comisión de NU para los DD.HH.
Estudiantes, gremios de trabajadores y profesionales; pobladores y grupos de autogestión cultural y política; mupuche y comunidades de pueblos originarios, han visto contenidos y reprimidos en los últimos años, y en especial desde la segunda mitad del años pasado, se incrementan los modos hasta llegar a la represión selectiva que intenta acallar y disuadir a dirigentes y voceros, luchadores sociales que tiene en común su inconformidad con la marcha de las casos, del proceso de decadencia de espacios de participación –si es qué los hubo realmente en los últimos veinte años en eterna “transición”.
DOS. En un ambiente cargado a la generación de miedo masivo, cual relato que se cruza con información fragmentada de los medios afines al sistema –la gran mayoría se debe decir- provocó que en la semana previa a una nueva conmemoración del brutal acto de barbarie que significo el golpe de estado de 1973, todo el sistema político judicial orquestó un manto de temor, llamando a evitar la manifestaciones que pudieran significar castigos importantes a los participantes. De cualquier forma, muchos manifestaron su recuerdo y el descontento con el estado de la cosas.
Un expresión llamativa de todo lo anterior fue la detención de tres jóvenes que se encontraban pegando afiches llamando a enfrentar a las fuerzas estatales de represión. La cosa es que se exigieron las penas amparadas en la normativa más severa a disposición del ordenamiento jurídico político, la Ley de Seguridad de Estado, bajo la figura que califica la pegatina de 40 fiches como hechos que constituyen alteración al orden público (Artículo 6, letra f: “Los que hagan la apología o propaganda de doctrinas, sistemas o métodos que propugnen el crimen o la violencia en cualquiera de sus formas, como medios para lograr cambios o reformas políticas, económicas o sociales.”).
En la audiencia que se realizó el viernes 12 de septiembre en el quinto Tribunal de Garantía, el defensor penal público realizó una argumentación que permite comprender el alcance de la lógica represora del estado chileno. Al iniciar su exposición busco con la vista entre los asientes que en ese momento presenciaban la audiencia: “…no veo en la sala, ni sentado en el banco de los acusados a Cristián Zegers, director del diario La Segunda, que la tarde del martes 9 de septiembre, con u tiraje de 50.000 ejemplares publicó el afiche que es puesto en cuestión en esta audiencia.
La idea que destacaba el defensor es que a unos individuos (dos hombres y una mujer, todos estudiantes de pedagogía de la UMCE) que pegan 40 afiches se les acusa de propagar doctrinas violentas y a la persona responsable de difundir 50.000 copias de esa misma propaganda no se le reprocha.
Esa tarde los tres chicos quedaron en libertad mientras la fiscalía continua con la investigación.
Mientras se desarrollaba la audiencia llego un mail del Segundo Juzgado Militar de Santiago pidiendo que los jóvenes fueran puestos a su disposición pues se les acusa de infringir, por los mismos hechos que investiga la justicia ordinaria, la Ley de Control de Armas.
Finalmente, el día sábado 13 de septiembre fueron puestos en libertad con dos investigaciones en curso, una de la justicia ordinaria y otra de la justicia militar. Parte de las contradicciones que se observan en un sistema judicial que en todo caso parece acomodar a las autoridades.
La represión, por ejemplo, de la disidencia es una cuestión que el estado democrático liberal asume como parte de su discurso de validación legal, no es posible aceptar que se disienta, sólo en los límites que están prefijados, contenidos en las normas que permiten que el resto de la comunidad pueda desarrollar sus actividades normales, como si se tratara la manifestación de un ámbito exógeno de esa misma normalidad. El conflicto que tensiona todo el sistema es que la base que sustenta las prácticas represoras son admitidas y administradas por un sector que proviene de un discurso y tradición histórica que exacerba la “manifestación” como valor de ese discurso, pero que llegada la hora de decidir se asimila con mucha comodidad a las claves de la fuerza pública, sin importar los llamados de atención de la inconsecuencia que significa, por ejemplo, aspirar a un sillón en la Comisión de NU para los DD.HH.
Estudiantes, gremios de trabajadores y profesionales; pobladores y grupos de autogestión cultural y política; mupuche y comunidades de pueblos originarios, han visto contenidos y reprimidos en los últimos años, y en especial desde la segunda mitad del años pasado, se incrementan los modos hasta llegar a la represión selectiva que intenta acallar y disuadir a dirigentes y voceros, luchadores sociales que tiene en común su inconformidad con la marcha de las casos, del proceso de decadencia de espacios de participación –si es qué los hubo realmente en los últimos veinte años en eterna “transición”.
DOS. En un ambiente cargado a la generación de miedo masivo, cual relato que se cruza con información fragmentada de los medios afines al sistema –la gran mayoría se debe decir- provocó que en la semana previa a una nueva conmemoración del brutal acto de barbarie que significo el golpe de estado de 1973, todo el sistema político judicial orquestó un manto de temor, llamando a evitar la manifestaciones que pudieran significar castigos importantes a los participantes. De cualquier forma, muchos manifestaron su recuerdo y el descontento con el estado de la cosas.
Un expresión llamativa de todo lo anterior fue la detención de tres jóvenes que se encontraban pegando afiches llamando a enfrentar a las fuerzas estatales de represión. La cosa es que se exigieron las penas amparadas en la normativa más severa a disposición del ordenamiento jurídico político, la Ley de Seguridad de Estado, bajo la figura que califica la pegatina de 40 fiches como hechos que constituyen alteración al orden público (Artículo 6, letra f: “Los que hagan la apología o propaganda de doctrinas, sistemas o métodos que propugnen el crimen o la violencia en cualquiera de sus formas, como medios para lograr cambios o reformas políticas, económicas o sociales.”).
En la audiencia que se realizó el viernes 12 de septiembre en el quinto Tribunal de Garantía, el defensor penal público realizó una argumentación que permite comprender el alcance de la lógica represora del estado chileno. Al iniciar su exposición busco con la vista entre los asientes que en ese momento presenciaban la audiencia: “…no veo en la sala, ni sentado en el banco de los acusados a Cristián Zegers, director del diario La Segunda, que la tarde del martes 9 de septiembre, con u tiraje de 50.000 ejemplares publicó el afiche que es puesto en cuestión en esta audiencia.
La idea que destacaba el defensor es que a unos individuos (dos hombres y una mujer, todos estudiantes de pedagogía de la UMCE) que pegan 40 afiches se les acusa de propagar doctrinas violentas y a la persona responsable de difundir 50.000 copias de esa misma propaganda no se le reprocha.
Esa tarde los tres chicos quedaron en libertad mientras la fiscalía continua con la investigación.
Mientras se desarrollaba la audiencia llego un mail del Segundo Juzgado Militar de Santiago pidiendo que los jóvenes fueran puestos a su disposición pues se les acusa de infringir, por los mismos hechos que investiga la justicia ordinaria, la Ley de Control de Armas.
Finalmente, el día sábado 13 de septiembre fueron puestos en libertad con dos investigaciones en curso, una de la justicia ordinaria y otra de la justicia militar. Parte de las contradicciones que se observan en un sistema judicial que en todo caso parece acomodar a las autoridades.
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