UNO. El jueves 3 de febrero en audiencia del 8º Juzgado de Garantía resolvió levantar el “secreto de investigación”, carácter con el que el ministerio público restringía información destacada en el proceso persecutorio y que a la defensa la dejaba en desventajas evidentes para garantizar mínimos de equidad.
El Estado chileno concibió una reforma procesal hace 10 años y que en lo medular intenta empatar una serie de derechos y garantías en el proceso de investigación de hechos que la ley calificaba como delitos, asignándole un papel relevante al ente persecutorio –Fiscalía o Ministerio Público- proveyéndoles de recursos y potestades que son extensión del poder del mismo estado por un lado, y de los sujetos que son involucrados en esos hechos y su defensa por otro lado.
El Estado chileno concibió una reforma procesal hace 10 años y que en lo medular intenta empatar una serie de derechos y garantías en el proceso de investigación de hechos que la ley calificaba como delitos, asignándole un papel relevante al ente persecutorio –Fiscalía o Ministerio Público- proveyéndoles de recursos y potestades que son extensión del poder del mismo estado por un lado, y de los sujetos que son involucrados en esos hechos y su defensa por otro lado.
El problema para una sociedad y orden jurídico que se precie de democrático es que existen hechos, sujetos y colectividades que caben en la categoría de indeseables (doctrina “Derecho Penal de Enemigo” muy extendida en los entes del orden jurídico), generalmente son todos aquellos que políticamente no reconocen el orden social y resisten sus mecanismos de control.
La causa de la cual se refiere esta crónica es la llamada “Montaje caso bomba” y es una muestras clara de esas formas de control y contención del estado y que el orden jurídico simplemente articula en el área procesal penal.
- Ministerio Público investiga y ordena el orden lógico de los hechos (montaje) de tal forma que construye vínculos de manera antojadiza, con presunciones basadas en supuestos informes periciales que van siendo invalidados como es el de las trazas biológicas en las pertenencias de algunos de los imputados;
- La asimetría que existe entre el poder y recursos del estado y la defensa que ha sufrido múltiples retrasos en el manejo de la información investigativa contenida en más de 9.000 fojas que compone el expediente, con piezas centralesque han sido mantenida en secreto amparada en la orden de tal naturaleza y que recién después de 10 meses de formalización serán, se supone, puestas a disposición de la defensa;
- Tribunales que debieran garantizar que las asimetrías no existieran son en estricto una extensión del poder y la concepción de orden social propiciada por el estado, y que juegan muchas veces el papel de observadores pasivos de los deseos y la teoría del caso que propicia el Ministerio Público;
- Finalmente, y central en la orquesta de instituciones y poderes están los medios de comunicación que tejen cercos de tergiversaciones y presión sobre la sociedad y elementos que pudieran reconocer como válidas garantía procesales pero se ven inhibidos por ese poder.
DOS. Lo que queda en adelante es articular, de parte de la defensa, todas las formas procesales en tiempo y oportunidad para aminorar los efectos que tiene el poder antes señalado e intentar compensar el evidente montaje.
La petición de libertad de los imputados, en esta etapa de la investigación, requiere una doble instancia de control por la aplicación de la ley antiterrorista, cuestión que hace compleja su solicitud y mayor la imposibilidad de conceder, de parte de tribunales, tales garantías.
Defensoría Popular analiza las distintas instancias procesales de acuerdo a criterios de beneficios que pudiera lograr la totalidad de imputados. Estos criterios tienen relación con una cuota de realismo procesal y de experiencia acumulada en la defensa de cientos de luchadores sociales que son permanentemente perseguidos y criminalizados, pero que sí han logrado establecer reconocimiento de derechos después de periodos de prisión preventiva que para el caso es una forma más de castigo a priori que debiera ser, para la lógica del sistema, suficiente amedrentamiento y ejemplo para otros sujetos que no se contentan con el orden de las cosas.
Visto en perspectiva, es de opinión de este integrante de Defensoría Popular que el montaje será a la larga desdibujado, por la propia inconsistencia de la investigación, por el peso del interés mediático que perece reconocer en el fiscal jefe de la zona sur y que ha realizado una labor medible desde el efecto comunicacional pero con profundas inconsistencias procesales.
Comentarios